JUJUY

Caso Luca Arias

La Cámara de Casación ordenó al Tribunal a revisar la sentencia contra Milagro Sala.

La Cámara de Casación Penal ordenó revisar la condena, luego de analizar un recurso de casación interpuesto por la defensa de Milagro Sala, al Tribunal en lo Criminal Nº 1

La Cámara de Casación ordenó al Tribunal a revisar la sentencia contra Milagro Sala.

La Cámara de Casación Penal ordenó revisar la condena a Milagro Sala a cuatro años de prisión, el pasado 15 de mayo y los fundamentos se conocieron el 24 de mayo. Es asi que luego de analizar un recurso de casación interpuesto por la defensa de Milagro Sala, al Tribunal en lo Criminal Nº 1, por las agresiones al dirigente social Luca Arias, proceso judicial que finalizo en mayo pasado.

La condena a cuatro años de prisión a la dirigente Milagro Sala en el juicio por "lesiones graves" a otro referente social, en 2006, quedó firme luego de rechazarse un recurso de casación presentado por la defensa, informaba semanas atrás el fiscal Diego Cussel.

Ante la decisión, desde el Ministerio Público de la Acusación jujeño se evalúan presentaciones en torno de la prisión domiciliaria de Sala, ya que consideran que "ha variado su situación", añadió el fiscal.

"El Tribunal Criminal N°1 sacó un decreto rechazando un recurso de casación que había interpuesto la defensa de Milagro Sala, por haber sido presentado extemporáneamente, por lo que la sentencia ha quedado firme", informaba el fiscla.

 La sentencia había quedado firme por considerar que el recurso de casación había sido presentado fuera de término.

Hace algunos días atrás, la Cámara de Casación Penal integrado por los jueces Rodolfo Fernández (presidente de trámite), Cristian Torres y Luis Kamada, resolvieron rechazar la denegación de la casación decidida por el Tribunal y dar lugar al recurso de queja interpuesto por los abogados defensores de Sala, Ariel Ruarte y Paula Álvarez Carrera, para que la condena, lejos de quedar firme, sea revisada en segunda instancia recursiva establecidas por el Código Procesal Penal de la provincia, es decir, obliga al Tribunal revisar su propio fallo.



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