JUJUY

Tampoco podrá imponer cánones

Por no reglamentar la ordenanza, en San Salvador queda prohibido el decomiso de mercadería a vendedores ambulantes

El municipio tenía 90 días para determinar cómo se iba aplicar la normativa aprobada en diciembre de 2020, plazo ya cumplido y que determinó que el gremio AFAAJ presentara un recurso de inconstitucionalidad que la justicia aprobó

Por no reglamentar la ordenanza, en San Salvador queda prohibido el decomiso de mercadería a vendedores ambulantes

 

Ya desde hace varios años vendedores ambulantes de la capital jujeña vienen denunciando el accionar violento y arbitrario de funcionarios municipales ante el decomiso de mercadería además de la exigencia del pago de un cánon, medidas que por orden de la justicia quedan prohibidas en el ejido de San Salvador de Jujuy.

Dicha situación se debe a que en el día de ayer el Juzgado competente falló a favor del gremio AFAAJ - Ambulantes Feriantes Afines Agremiados Jujuy- respecto a un recurso de inconstitucionalidad presentado en relación a la ordenanza 7474/20, en la cual se disponía los decomisos y el cobro de cánones a vendedores de San Salvador.

Dicha normativa había sido aprobada el 23 de diciembre del año pasado y promulgada horas más tarde en el Boletín Oficial.

Sin embargo, la misma queda sin efecto debido a que no se cumplieron los plazos de su reglamentación y en consecuencia no se puede aplicar.

Fue en el día de ayer que el AFAAJ realizó una movilización hacia la sede judicial, oportunidad en que su abogado, Héctor Huespe detalló cómo fue que la ordenanza 7474/20 perdió su vigencia.

El letrado que representa a vendedores ambulantes -que además de nuclean en la CTA Autónoma- explicó que el artículo 56 de la ordenanza establece un plazo de 90 días desde su promulgación para que la misma sea reglamentada.

Teniendo en cuenta que dicha norma se promulgó el 23 de diciembre de 2020 y fue publicada ese mismo día en el Boletín Oficial (número 150), el 24 de marzo de este año se cumplió el plazo de los 90 días establecidos, por lo que al no estar reglamentada la ordenanza el Ejecutivo municipal perdió la potestad de aplicar la misma, en tanto que el Concejo Deliberante sancione una nueva ordenanza.

Frente a ello, Huespe resaltó la soberbia y la ignorancia del intendente Raúl “Chuli” Jorge, del Secretario de Gobierno Gastón Millón y el Director Juan Facundo Chañi que terminó por favorecer al sector.

El abogado “agradeció” a los funcionarios por la inoperancia y les pidió que continúen sin leer la Constitución y la Carta Orgánica Municipal, porque su ignorancia beneficia a los que menos tienen.

Asimismo, Huespe destacó el compromiso del sector que “sólo con unidad inteligencia y lucha logró otra victoria sobre la municipalidad que hostiga y violenta a vendedores ambulantes desde el año 2016”.

 



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