NACIONALES

Decreto de necesidad y urgencia

Argentina cerró todas sus fronteras para evitar la propagación del COVID-19

La disposición es tanto para el tránsito terrestre, aéreo como marítimo hasta el próximo 31 de marzo, aunque dicho plazo puede extenderse

Foto: A24
Foto: A24

Desde las 0 horas de este viernes, el gobierno nacional, a través de un DNU, dispuso el cierre total de sus fronteras, medida que regirá en un principio hasta el 31 de marzo, y que tiene como objetivo evitar la propagación del COVID-19.

De esta manera, la gestión de Alberto Fernández amplía el cierre de fronteras que regía desde el 16 de marzo último, indicando que desde se prohíbe el ingreso al país “a las personas residentes en el país, y a los argentinos y las argentinas con residencia en el exterior”, a través de la totalidad de los pasos internacionales, puertos, aeropuertos y centros de frontera, en el marco de las medidas adoptadas para frenar el avance del coronavirus.

Si bien el DNU, que lleva la firma del presidente y de todos sus ministros, establece que la medida rige hasta las 24 del próximo 31 de marzo, en su texto aclara que el plazo previsto "podrá ser ampliado o abreviado" por el Ministerio del Interior previa intervención de la autoridad sanitaria nacional conforme a la evolución de la situación epidemiológica.

Quedaron exceptuadas las personas afectadas al traslado de mercaderías por operaciones de comercio internacional de transporte de cargas de mercaderías, los transportistas y tripulantes de buques y aeronaves, y las personas afectadas a la operación de vuelos y traslados sanitarios.

También, quienes se encuentran en tránsito aéreo hacia Argentina “con fecha de ingreso comprobada dentro de las 48 horas siguientes a la fecha de publicación del decreto”, según detalla el decreto.

"Sin perjuicio de lo expuesto, el eventual ingreso efectivo al país de cada persona o medio de transporte autorizado, estará supeditado al estricto cumplimiento de las recomendaciones y directivas de la autoridad sanitaria nacional", dice el decreto.

Se establece también que la Cancillería adoptará "a través de las representaciones argentinas en el exterior, las medidas pertinentes a efectos de facilitar la atención de las necesidades básicas de los nacionales argentinos o residentes en el país que no pudieran ingresar al territorio nacional", hasta tanto puedan hacerlo.

En el marco de las medidas que viene tomando la Argentina ante el avance del coronavirus, el gobierno ya había establecido la prohibición de ingreso al país por un plazo de 30 días de las personas extranjeras no residentes que hubieren transitado por “zonas afectadas” en los 14 días previos a su llegada.

Tampoco podían entrar al país extranjeros no residentes, antes de decretarse el aislamiento social, preventivo y obligatorio, a partir del 20 de marzo y hasta el 31 del corriente mes, pudiéndose ampliar este plazo según las consideraciones de la autoridad sanitaria ante la situación epidemiológica del país.

En los considerados, se indica que estas medidas "resultan las imprescindibles, razonables y proporcionadas con relación a la amenaza y el riesgo sanitario que enfrenta el país" y "obedece a la necesidad imperiosa de resguardar, tanto a quienes se encuentran en el territorio nacional de la propagación del coronavirus Covid-19".

Finalmente, también recuerda que "la evolución de la situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes, por lo que deviene imposible seguir los trámites ordinarios para la sanción de las leyes".

Fuente: Télam



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