Fueron varias las medidas que tomó el gobierno nacional para paliar la crisis económica que sufre el país, ahora profundizada por la paralización de las actividades económicas en el marco de la pandemia, y entre ellas, lanzó un crédito a tasa cero para monotributistas, que desde hoy ya se pueden solicitar.
De esta manera, a través de la modalidad homebanking -dado las restricciones por el aislamiento- las principales entidades bancarias recibirán las solicitudes, aunque recién la próxima semana se podrá saber quienes accederán al crédito. Es que primero será la AFIP quien evalúe si cumplen con los requisitos impuestos por el Banco Central.
Recordemos, que el crédito será otorgado en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un máximo de 150 mil pesos para las categorías D en adelante, y de hasta 104.370 para la categoría C. En tanto, las A y B no podrán acceder ya que tienen destinado los 10 mil del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).
Asimismo, los préstamos podrán ser aplicados tanto por contribuyentes que estén o no bancarizados, y será la propia AFIP el organismo que disponga en qué bancos deberán cobrar el dinero.
La operatoria fue establecida el viernes pasado por el BCRA a través de la Comunicación "A" 6993, que fijó que "desde el momento en que la solicitud sea presentada, la entidad financiera contará con hasta dos días hábiles para proceder a la acreditación de la financiación".
La acreditación funcionará como un aumento en el saldo límite para consumo en las tarjetas y, en caso de no agotarse el total asignado para el mes, podrá acumularse para los períodos siguientes hasta que se complete el gasto.
La asistencia a monotributistas y autónomos no tendrá en cuenta el patrimonio para el otorgamiento pero excluirá a quienes facturen al sector público, trabajen en relación de dependencia, sean jubilados o pensionados.
De la misma manera, quedarán exceptuados los casos donde la persona interesada haya hecho compras mayores al 80 por ciento de sus ingresos promedio mensual o hayan facturado entre el 12 de marzo y el 12 de abril una cifra mayor al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en que estén registrados.
Por su parte, la AFIP proveerá a cada banco los datos de contacto de los beneficiarios de modo que sea la entidad la que se comunique con el beneficiario para iniciar el proceso de apertura de cuenta y coordinar la entrega y habilitación de la tarjeta de crédito.
Las entidades bancarias no podrán rechazar el pago a los clientes que le asigne la AFIP ni cobrar por la emisión de la tarjeta o su mantenimiento y que, a su vez, arbitrarán los mecanismos necesarios para la distribución de las tarjetas.
En tanto, para su pago, se dispuso de un plazo de gracia de seis meses y se cancelará luego en 12 cuotas.