La Cámara Federal de Casación Penal anuló la resolución del Tribunal Oral Federal de Jujuy que había dejado al empresario Carlos Pedro Blaquier, dueño del Ingenio Ledesma, fuera de un juicio oral por delitos de lesa humanidad a raíz de una supuesta “incapacidad mental sobreviniente” y ordenó que se realice un nuevo informe médico.
Por mayoría, la sala cuarta del máximo tribunal penal resolvió “anular la decisión recurrida y devolver las actuaciones a la instancia anterior a fin de que, previa realización de nuevos informes médicos con los parámetros señalados, dicte una nueva resolución”, según surge del fallo.
La resolución fue alcanzada con los votos de los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo, con la disidencia de Guillermo Yacobucci, en la causa conocida como “La noche del apagón”, en la que Blaquier está imputado por 23 hechos de privación ilegal de la libertad ocurridos en 1976 en Jujuy.
Los jueces que conformaron la mayoría señalaron que para separar a Blaquier del juicio de lesa humanidad en el que se encuentra imputado se habían valorado estudios médicos producidos por los peritos de la defensa meses antes al peritaje realizado por el Cuerpo Médico Forense, lo que implicó un incumplimiento del art. 30 de la Acordada 47/09 de la Corte Suprema de Justicia que regula el funcionamiento del mencionado organismo.
La Acordada que regula el funcionamiento del Cuerpo Médico Forense establece en su artículo 30 que “sólo se admitirán” los instrumentos médicos presentados por las partes “cuando sean de fecha posterior al ingreso de las actuaciones” a ese organismo.
En ese contexto, el juez Borinsky señaló que “corresponde -con la premura que el caso requiere-, hacer lugar a los recursos interpuestos por las partes acusadoras, anular la decisión recurrida y devolver las actuaciones a la instancia anterior a fin de, previa realización de nuevos estudios e informes médicos con los parámetros ut supra señalados, dicte una resolución”.
En la resolución a la que accedió esta agencia, los jueces de la mayoría hicieron lugar a los recursos de Casación interpuestos por el Ministerio Público Fiscal y el Comité para la Defensa de la Salud, la Ética Profesional y los Derechos Humanos (Codesedh).
El juez Yacobucci, en disidencia, postuló el rechazo de los recursos de los acusadores y consideró suficientes las conclusiones de los informes médicos realizados por el Cuerpo Médico Forense.