JUDICIALES

Por el delito de daño agravado

Causa de los huevos: la Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia contra Milagro Sala

El máximo tribunal de justicia del país revocó los 3 años de prisión en suspenso a la lideresa de la Tupac Amaru por el escrache contra Gerardo Morales en 2009 cuando era senador

Causa de los huevos: la Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia contra Milagro Sala

 

Malas noticias para Gerardo Morales en el transcurso de los últimos días del 2020 en lo que respecta al ámbito judicial, es que además de que ayer se ordenara que militantes de la Tupac Amaru continúen cumpliendo su condena en prisión domiciliaria, se suma que la Corte Suprema revocó la sentencia contra Milagro Sala por la conocida causa de los “huevos”.

El fallo favorable para la lideresa deja sin efecto la condena por 3 años en suspenso por el escrache realizado a Gerardo Morales en 2009 en el Consejo de Ciencias Económicas de la Provincia cuando todavía era senador.

Si bien nunca se pudo comprobar que Milagro Sala fuera autora de los “huevazos” realizados contra el ahora gobernador, la justicia jujeña le impuso una condena de 3 años, hecho por el cual, la defensa de la dirigente presentó un recurso ante la Corte para que se desestime la misma.

Según establece el fallo, “se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Remítase a los fines de su agregación a los autos principales para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo dispuesto”.

Es que el fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal, Javier Augusto De Luca, había interpuesto un recurso de queja a un fallo, que tiene que ver con el origen del proceso judicial.

A estas instancias judiciales llegaron Gustavo Salvatierra, María Graciela López y Milagro Sala y en abril de 2015, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy rechazó la “probation”, que había sido solicitada por los imputados.

Salvatierra designó al letrado Marcelo Calvó como su abogado defensor, quien planteó la recusación de los jueces Juárez Almaraz y Cataldi. El 18 de junio, los jueces Casas, Díaz y Rabbi Baldi Cabanillas resolvieron rechazar la recusación y la designación del letrado Calvó como defensor del imputado.

Para los funcionarios judiciales, la elección de Salvatierra como abogado defensor respondía al intento de apartar a los jueces naturales de la causa dada la relación de amistad que vinculaba al letrado Calvó con uno de los magistrados.

En consecuencia, el tribunal intimó al imputado a designar un nuevo letrado, bajo apercibimiento de nombrar un defensor oficial. Sin perjuicio de ello, tuvo por presentado el recurso de casación interpuesto. El imputado se presentó ante el tribunal con el letrado Calvó y reiteró su voluntad de ser representado por ese profesional.

Ante la negativa del imputado de designar un nuevo letrado, el tribunal ordenó que se designase un defensor oficial para que lo asistiera.

En respuesta, el imputado realizó una presentación “in pauperis” en la que manifestó que había escogido al letrado Calvó como abogado de su confianza, que no quería otra representación letrada y que rechazaba la asistencia del defensor oficial.

Esta presentación fue declarada improcedente y el juicio se realizó de todas formas y hubo condena. En la última instancia de queja, la Suprema Corte de Justicia consideró que los derechos de defensa de un imputado en un juicio se vieron vulnerados y resolvió dejar sin efecto la sentencia, favoreciendo así también a Milagro Sala.

Fuente: El Tribuno



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