JUJUY

Las familias fueron acusadas de usurpación

El derecho a la vivienda digna: el gobierno jujeño y un nuevo revés por los desalojos en Tilcara

La Cámara Federal de Salta confirmó la competencia en la causa de las despojadas de sus casas por las obras del tren solar. Asimismo, el dictamen negó el pedido del Estado jujeño de llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación

El derecho a la vivienda digna: el gobierno jujeño y un nuevo revés por los desalojos en Tilcara

 

De competencia federal, ese fue el dictamen de la Cámara Federal de Salta respecto a la causa por los desalojos en barrio Estación de Tilcara, llevando un poco de alivio a las familias despojadas frente al intento del gobierno de la provincia que la misma siga su curso en tribunales provinciales o, incluso, en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

“Nos ha dejado bastante tranquilos porque manifiesta que el bloque de constitucionalidad que está en pugna son los derechos de los vecinos de Tilcara”, expuso Alejandra Cejas, una de las abogadas que representa a las familias damnificadas. De hecho, este el punto sobre el cual gira el recurso de amparo, donde la justicia deberá determinar el dominio de los inmuebles en disputa entre el Estado provincial y de las familias.

Desde el Ejecutivo se apunta a un convenio suscrito entre la provincia y Nación que data de 1992, se trata del Decreto 532, en el cual el Poder Ejecutivo Nacional concedió al Estado jujeño la explotación integral de la red ferroviaria entre La Quiaca y Jujuy. Sin embargo, este acuerdo “no incluía en el Pliego de Concesión de su futura privatización”, tal como indica el fallo de la Cámara Federal de Salta.

Es precisamente la privatización de la red ferroviaria la que permitió la venta de inmuebles del Estado Nacional y por la cual las familias de barrio Estación accedieron a la adquisición de propiedades que pertenecían al ferrocarril, pruebas que fueron presentadas ante la justicia provincial. A pesar de ello, permitió los desalojos legitimando la denuncia penal que hizo el coordinador de la Unidad Ejecutora del Tren de la Quebrada, Emiliano Rodríguez por usurpación y que luego se le sumó la de Pablo Civetta, titular del Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana. Recientemente, se conoció que Civetta figura como propietario de varios inmuebles en Radio Estación Tilcara.

Pero el revés judicial para el gobierno jujeño no se debe sólo por la declaración de la competencia en el fuero federal de la causa, sino que además se niega que el recurso pase de forma directa a la Corte Suprema de Justicia, tal como planteó el Ejecutivo provincial. “No podes pasar derecho a la Corte Suprema salvo tres supuestos, cosa que no se dan en este caso, sino que corresponde a la justicia federal ordinaria, es decir, a los juzgados de primera instancia que ya han ratificado en dos oportunidades su competencia. Nosotros esperamos que los jueces de la Cámara se expidan sobre la cuestión y esto nos permita ya nosotros destrabar esta incidencia que ha planteado la provincia y finalmente poder obtener el amparo solicitado en el mes de enero”, señaló Cejas, quien además subrayó que el dictamen “ha sido muy claro en cuanto a que los derechos que están en pugna son el acceso al derecho a una vivienda digna y no solamente se ha aprobado en el expediente la adquisición de la propiedad, sino que también se ha aprobado los trámites que se hicieron en función de esa adquisición frente a los organismos nacionales, así que no hay argumento para que la justicia federal no dictamine sobre esta cuestión y retrotraigan todos los daños que ha causado la provincia al 15 de enero, es decir, desde el momento en que de manera ilegal, compulsiva, violenta, se dañó a las personas, bienes y cosas de los vecinos de Tilcara a través de una orden falsa, a través de una orden ilegal, porque la justicia de Jujuy no tenía competencia para avanzar sobre ese terreno que era de propiedad del Estado Nacional en manos de los propietarios legítimos por adquisición originaria en el 94”.

Es precisamente sobre este punto que la Sala I de la Cámara de Salta considera la competencia federal: el conflicto repercute en el derecho de una vivienda digna, derecho contemplado tanto en la Constitución Nacional como en tratados internaciones asumidos por el Estado nacional, derecho vulnerado desde el 15 de enero de este año por el Estado provincial, parte involucrada en la disputa.

 



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