El Ejecutivo envió un proyecto a la Legislatura provincial para “Ratificar el reconocimiento de derechos y garantías de las Comunidades de los Pueblos Indígenas de la Provincia de Jujuy”, cuenta con 7 hojas, los considerandos del gobernador Gerardo Morales expresan un desconocimiento de los derechos de las comunidades indígenas y el proyecto cuenta con dos artículos solamente y un listado de 70 comunidades “beneficiadas”.
En sesión especial por el receso invernal, el parlamento jujeño se prepara para aprobar como viene sucediendo de una manera ágil y exprés, el proyecto que tiene fecha de ingreso 24 de julio, aún cuando el mismo debiera someterse la consulta de las comunidades indígenas, tal como lo menciona la ley 24071, el Convenio 169 de la OIT y la Constitución Nacional.
El proyecto no fue consultado a las comunidades y tampoco hace referencia a la Ley Nacional N° 26.160/2006, prorrogada por el Decreto Nacional N°805 / 2021 hasta el año 2025, que declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas, preexistentes al Estado nacional.
La medida contempla a aquellas comunidades indígenas cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquellas preexistentes.
Asimismo, se establece que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas deberá realizar el relevamiento técnico —jurídico— catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas y promoverá las acciones que fueren menester con el Consejo de Participación Indígena, los Institutos Aborígenes Provinciales, Universidades Nacionales, Entidades Nacionales, Provinciales y Municipales, Organizaciones Indígenas y Organizaciones no Gubernamentales.
Ahora bien, el proyecto de ley del Ejecutivo ratifica los títulos de adjudicación de propiedad comunitaria de apenas 70 Comunidades Aborígenes, cuando en la provincia de Jujuy hay más de 400 comunidades y el INAI reconoce 297 comunidades en la provincia de Jujuy con personería jurídica otorgada. ¿Por qué solo en el listado hay 70 comunidades? Deben ser las 70 comunidades que expresaba la ex secretaria de Pueblos Indígenas, ministra y ahora diputada nacional Natalia Sarapura a los gritos en el recinto parlamentario.
Listado de las comunidades indígenas "beneficiadas
Aún así, ello no es garantía alguna, la abogada Alicia Chalabe indicó “se ratifican los actos administrativos, no las escrituras públicas” detallando que estas sólo se hacen por escribanos/as.
En paralelo, hoy Jujuy no tiene designado ministro, ministra de Derechos Humanos y secretaria de Pueblos Indígenas de Jujuy tras la salida de Sarapura, órgano que debiera defender a los pueblos preexistentes (al menos así lo señala en su sitio, donde indica que el Ministerio debe tender a la “promoción de acciones perseverantes de los derechos humanos y de los derechos humanos de los pueblos indígenas”).
Dejando a la mayoría de los pueblos originarios por fuera de esta normativa, son más dudas que certezas las que acarrea el proyecto. ¿Qué pasará con las comunidades indígenas preexistentes no reconocidas en el proyecto de ley del poder Ejecutivo provincial? ¿Qué pasará con los territorios de las comunidades indígenas no reconocidos en el proyecto de ley? ¿Será una nueva modalidad de despojo del territorio?
Entre los párrafos del proyecto de ley se señala que “la Provincia destaca en dichas comunidades indígenas su pertenencia, la identificación y auto reconocimiento como una forma particular de vivir, de acuerdo a normas culturales, y en relación con su cosmovisión, de prácticas de espiritualidad y conocimientos ancestrales, en donde intervienen formas propias de comunicación como son la lengua Guaraní y la Quechua”. En este punto se desconoce que durante mucho tiempo no se aplicó la educación bilingüe y los procesos de escolarización se realizaban en idioma español, y por ende se perdió parte del uso de la lengua materna de las comunidades.
Es importante recordar la toponimia de las localidades limita en idioma quechua y aymara, el proyecto del Ejecutivo. Más aún, hacer valer el apellido de las personas en el mismo idioma.
En otro de los considerando establece que “el Estado Provincial en ejercicio del dominio eminente que le corresponde sobre todos los bienes que componen su patrimonio, en un concepto amplio de manifestación de soberanía, y en concordancia con lo preceptuado por los Artículos 8° y 15° del Convenio N° 169 de la OIT, debe efectuar reserva del dominio y uso de los recursos y bienes enumerados en el artículo 124° de la Constitución Nacional, y de los artículos 235 y 236 del Código Civil y Comercial de la Nación”.
En consecuencia, se desconoce que las comunidades están reclamando una ley nacional y su consecuente ratificación provincial de una ley que hable sobre el concepto de “Territorio”, dada la amplitud del concepto que abarca suelo y subsuelo de las propiedades comunitarias. Concepto más que importante. Y que el Convenio 169 también es Ley Nacional N°24.071 “Apruébase el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes”.
Se suma que el art. 124 de la Constitución Nacional expresa que “las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines y podrán también celebrar convenios internacionales…” En este punto pareciera que el ejecutivo provincial pretende quedarse con los territorios indígenas no reconocidos en el proyecto de ley.
De esta manera, Morales intenta dar legalidad al despojo de las comunidades indígenas, que desde ayer iniciaron el Malón de la Paz hasta la Capital Federal para exigir a los 3 poderes del Estado Nacional la declaración de inconstitucionalidad de la reforma de la Carta Magna.