Los organismos de control de Jujuy parecen no estar a la altura de sus funciones, por citar algunos casos la Oficina Anticorrupción que su titular dijo que iba a trabajar de forma independiente a pedido del gobernador y la SUSEPU, que por estos días ha quedado en el centro de la escena porque habilitaría un aumento “provisorio” en el servicio de energía eléctrica sin audiencia pública tal como lo hará el próximo viernes 5 con el sistema disperso en la región de la quebrada, pero que no presentó toda la información correspondiente por lo que la justicia suspendió el encuentro.
Fueron las Asociaciones de Consumidores CODELCO (Comité del Consumidor) y PROCONSUMER (Protección Consumidores Del Mercado Común Del Sur) las que interpusieron un recurso de amparo respecto a la consulta de la opinión pública el Régimen Tarifario y el Cuadro Tarifario propuestos por EJSED S.A. -energía dispersa- en el periodo 2021-2026, ya que la Superintendencia de Servicios no entregó toda la información correspondiente a la realización de la Audiencia Pública.
Según señalaron las organizaciones defensoras de consumidores, entre los documentos entregados por la SUSEPU a CODELCO y PROCONSUMER para poder participar de la audiencia se encontraba la resolución de convocatoria, la propuesta de la empresa, pero no así el administrativo para cotejar la información aportada.
“La información que se solicita resulta esencial y constituye un elemento prioritario a considerar en la revisión tarifaria quinquenal 2021-2026, conforme la convocatoria dispuesta por el artículo 1º de la resolución de convocatoria, pues para poder dar una opinión técnica respecto a los puntos a tratarse en la revisión tarifaria es preciso contar con información clara, precisa y detallada de la cantidad de paneles existentes actualmente para la prestación del servicio de energía dispersa, de la clase y calidad de los mismos, si se encuentran debidamente amortizados o con amortización pendiente, y por sobre todas las cosas conforme se propone el reemplazo de los existentes por paneles de mayor capacidad productiva (de 100 w a 330w), con batería, regulador, cables e inversor de potencia (lo que permitiría conexión a 220 v), transporte y montaje; resulta imprescindible “reiteramos” conocer en qué porcentaje del valor de los mismos se va a hacer cargo la empresa – si es que lo va a hacer- y qué porcentaje de esos precios se va a trasladar a los usuarios vía tarifa”, expresa el recurso de amparo presentado.
Ante ello, las asociaciones exigen que la SUSEPU brinde información detallada sobre la cantidad de paneles solares existentes en la zona de concesión en lo que respecta al servicio de energía dispersa, como así también en qué condiciones se encuentran los mismos y si su valor de compra ya está amortizado o no, cómo se prevé su remplazo y quién asumirá los costos de ello, puntos que afectan directamente en la aplicación de incrementos en las facturas.
Es que cada panel tiene un costo de 330 dólares, eso sumado a que el transporte y montaje de los mismos, a cargo de EJSED S.A. “facturaría la suma de mil seiscientos dólares estadounidenses”.
De no presentar esta documentación, CODELCO y PROCONSUMER pidieron a la justicia suspenda la audiencia hasta tanto se cumpla con toda la documentación requerida, ya que, de caso contrario, se viola los derechos de usuarios comprendidos en la Constitución Nacional. Ante ello, la justicia accedió al pedido y decidió cancelar el encuentro que se iba a llevar este viernes en Abra Pampa.