Los dos pedidos de Juicio Político ingresados el pasado Jueves en la legislatura y aprobados sobre tablas, contra el Fiscal General ante el Superior Tribunal de Justicia Alejandro Ficoseco y contra la Presidenta del Tribunal de Cuentas y dos vocales, avanzarán mañana en la Legislatura de la Provincia de Jujuy.
Ambos pedidos entraron con una artimaña repudiada por la oposición: dos desconocidas los presentaron en la mesa de entradas legislativa y el Diputado Luciano Rivas pidió su tratamiento sobre tablas en el recinto donde fueron aprobados por los dos tercios de la cámara.
La grosera maniobra, señalaron desde la oposición, se origina en el apuro de Morales, sin cuya venía no se hubiera urdido, por controlar el principal órgano auditor de cuentas y extender su dominio sobre el poder judicial mientras los dos tercios que tiene en la legislatura le permitan avanzar con éxito en los juicios. Dificilmente esa instancia pueda prosperar cuando la cámara renueve su composición y no cuente con esa amplia mayoría automática.
Para mañana Miércoles a las 10 ya fueron citados los legisladores de la Sala Acusadora , integrada por 24 miembros, responsable de conformar una Comisión Investigadora que emitirá un dictamen sobre los hechos denunciados, aconsejando o no la promoción del Juicio Político. La convocatoria lleva la firma del Presidente de la Sala Acusadora Ramiro Tizón.
A partir de ese dictamen una Sala Acusadora decidirá si corresponde o no el juzgamiento, presidida por el Vicegobernador en el caso del juicio al Fiscal General o por la Presidenta del Superior Tribunal en el juicio a los integrantes del Tribunal de Cuentas.
En el día de hoy el organo que reune a los Fiscales nacionales, el Consejo de Procuradores Generales, Fiscales Generales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina y el Consejo Federal de Política Criminal denunció la “gravedad institucional del hostigamiento y persecución políticos” en Jujuy, en relación al pedido de Juicio al Fiscal General y agregó que ese proceder “importa poner en riesgo la democracia representativa que caracteriza nuestro sistema constitucional”
El procedimiento según la Constitución
Una vez iniciado el procedimiento de Juicio Político es complejo y debe atravesar distintas etapas.
De acuerdo al Artículo 204 de la Constitución Provincial, en un Juicio Político deben constituirse una Sala Acusadora y una Juzgadora. Su integración se hace en base la proporción política de la Cámara y sus miembros se designan por sorteo en la primera sesión anual ordinaria. Al ser proporcionales a la composición de la Legislatura, el oficialismo siempre tiene mayoría.
La Sala Acusadora es presidida por uno de sus miembros, Ramiro Tizón en este caso y la Sala Juzgadora será presidida por el Vicegobernador Carlos Haquim por ser el enjuiciado un fiscal general. En el caso del juicio a los integrantes del Tribunal de Cuentas la encabezará la Presidenta del Superior Tribunal de Justicia, en este Caso Clara Aurora de Langhe de Falcone, de conocida filiación radical.
Luego, la Sala Acusadora deberá designar, según Artículo 205 una Comisión Investigadora formada por cinco miembros. Nuevamente respetando la composición legislativa. Tanto las Salas como la Comisión Investigadora tienen como condición de quorum sólo la presencia de la mayoría de sus miembros.
La Comisión Investigadora es la encargada de investigar los hechos denunciados, “mandando a producir las pruebas ofrecidas” y “asegurando el derecho de defensa del acusado”. Una vez concluida la investigación deberá emitir un dictamen fundado y lo elevará a la Acusadora y tiene un plazo de 30 días para cumplir sus funciones.
Esta Sala Acusadora luego de recibidas las actuaciones, debe en un máximo de 20 días decidir por el voto nominal de sus dos tercios si corresponde o no el juzgamiento del acusado.
Si la votación es afirmativa los acusadores deben designar una comisión de tres miembros para que sostenga la acusación ante la otra Sala. En ese mismo acto, se podrá disponer la suspensión del acusado sin goce de sueldo.
Si la votación fuere negativa, la Sala Acusadora ordenará el archivo de las actuaciones.
En el primer caso, si hubiese un resultado afirmativo, la Sala Juzgadora escuchará la acusación y la defensa, y luego tiene 30 días para dictar sentencia con el voto de los dos tercios de sus integrantes.
El único efecto de la sentencia, de hallarse culpable el o los acusados, dicta la Constitución de Jujuy, es su destitución e inhabilitación para ejercer cargos públicos.
Sería un resultado más que suficiente para el fin que se propone Gerardo Morales: tener bajo su dominio la auditoría de las cuentas del estado y concentrar en una sola persona los poderes en que se divide una república democrática.