JUJUY

Ya se aprobó en varios municipios

¿Se cae la tasa GIRSU?, el gobierno nacional prohibió incluir impuestos municipales en facturas de servicio

Así lo adelantó el ministro de Economía, Luis Caputo y la medida ya salió publicada en el Boletín Oficial. La provincia tomó un crédito que todavía no se pagó

¿Se cae la tasa GIRSU?, el gobierno nacional prohibió incluir impuestos municipales en facturas de servicio

 

“Los municipios ya no podrán incluir impuestos y tasas en las facturas de servicios”, así anticipaba el ministro de Economía Luis Caputo la nueva disposición del gobierno nacional y que en Jujuy pone en duda sobre la aplicación de la cuestionada tasa GIRSU, que ya fue aprobada en varios municipios.

En la tarde de ayer, el funcionario de la cartera de Hacienda explicaba que la decisión respondía a las “reiteradas denuncias públicas” respecto a los impuestos que se aplican en diferentes municipios en la boletas de servicios esenciales como la electricidad y el gas y expuso “la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 2024-267 que saldrá mañana en el Boletín Oficial, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio”, indicaba en su cuenta de X.

Así, la normativa que salió publicada en el Boletín Oficial en la jornada del martes señaló que la medida se debe a que “los consumidores resultan pasibles de encontrarse ante una situación de riesgo concreto de incurrir en errores o confusión acerca de la verdadera naturaleza de los servicios contratados y sus precios, riesgo que se torna más grave aún en el caso de aquellos consumidores en situación vulnerable y de desventaja”.

De esta manera, en el art. 1, la resolución ordena que en las facturas solo “deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable”.

La medida comenzó a regir desde este mismo martes y los municipios tendrán 30 días para adecuarse a la misma, caso contrario, serán pasibles de sanciones.

La resolución nacional llega cuando Jujuy varios Concejos Deliberantes están a la espera de tratar en sus recintos la tasa GIRSU, luego que la Legislatura modificara la ley original en el mes de julio.

Por aquel entonces, la bancada del FIT apuntaba que los cambios solo pretendían permitir mayor recaudación a los municipios, al imponerse una tasa por el servicio de recolección de residuos. También cuestionaba la forma en que se iba a cobrar el mismo, ya que se iba a tomar como referencia el precio del kw/hora y que esto se iba a realizar de forma compulsiva, ya que se iba a adicionar a la facturación de EJESA.

Esto le permitiría a la propia empresa estatal GIRSU recaudar fondos y financiar el crédito que tomó Gerardo Morales con el BEI, del cual Gastón Remy señaló que se utilizó dos terceras partes, sin verse resultados a la vista de la política verde.

Sin embargo, la tasa GIRSU no es la única que deberá dejar se cobrarse, sino también existe un cargo por fiscalización de la SUSEPU.

 



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