JUJUY

Por un recurso interpuesto en la justicia

Suspendieron el desalojo de 100 familias en Palpalá

Se trata de la comunidad Mayu Los Alisos. La expulsión estaba prevista para el día de hoy

Suspendieron el desalojo de 100 familias en Palpalá

En horas de la tarde de ayer, la comunidad Mayu Los Alisos de Palpalá recibió la noticia que el desalojo previsto para el día de hoy, había sido suspendido por un recurso interpuesto ante la justicia por la misma empresa inmobiliaria que había pedido la expulsión de las 100 familias que habitan unas 80 hectáreas en la vera del río Alisos.

La orden de desalojo había sido dictaminada la semana pasada por el juez penal Jorge Zurueta, a pedido de Alfredo González, uno de los dueños de la inmobiliaria Sucre de esa localidad en contra de Pedro Maraz, uno de los comuneros, por el delito de usurpación. Frente a ello, desde la comunidad decidió hacer pública la denuncia, en la que también señalaron que con esta expulsión la familia de Javier Gronda, actual secretario de Bio Diversidad de la provincia sería una de las beneficiadas.

Dicha orden quedó sin efecto ante un recurso presentado por el letrado representante de la empresa.

Consultada por Jujuy Dice, una de las integrantes de la comunidad explicó que la apelación presentada por ellos “quedó abstracta porque la empresa se echó atrás de la denuncia”.

Además, indicó que la medida del juez había sido apelada por varios motivos:

1. No se cumplió el derecho a la defensa.  Ninguna de las pruebas presentadas, ni los pedidos de informe, ni los testigos fueron valorados por el juez

2. El juez pasa por alto la existencia de una comunidad indígena y solo procesa al hermano que siembra en ese sector. Sin considerar que ese territorio está en el croquis que reivindica la comunidad Mayu Los Alisos

3. El juez solo actúa en función de las denuncias de la empresa. Pasando por alto las denuncias de la comunidad y los perjuicios generados al pasar con una topadora por encima del territorio

4. Las pruebas presentadas por la empresa (fotos satelitales) son elegidas en épocas en las en el territorio no se siembra por falta de riego, mientras que en otras épocas del año, esas mismas fotos se ve la preexistencia de sembradíos en el lugar, por lo que es improcedente una denuncia penal por usurpación.

Por el momento, la comunidad Mayu Los Alisos, que ocupa unas 80 hectáreas, las cuales fueron declaradas en 2015 por ordenanza municipal (N°1156) como “área de producción periurbana de agricultura familiar, además de estar amparados por distintas leyes en defensa de los territorios campesinos e indígenas, como la Ley 26.160 (de Emergencia Territorial Indígena), Ley 27.162 (de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar), Convenio 169 de la OIT (de rango constitucional), Declaración Universal de los Derechos Campesino de la ONU; podrán seguir allí.

 



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