NACIONALES

Vuelta a fase 1

Confinamiento estricto por 9 días en zonas de alto riesgo y alarma epidemiológica, Jujuy sin cambios

La medida se aplicará desde este sábado y se extenderá hasta el 31 de mayo y abarca a la mayoría del país, con algunas excepciones como nuestra provincia que se mantiene de color amarillo

Confinamiento estricto por 9 días en zonas de alto riesgo y alarma epidemiológica, Jujuy sin cambios

 

La crítica situación sanitaria que atraviesa la Argentina por la segunda ola de covid 19 encendió todas las alarmas en el gobierno nacional, que otra vez debe recurrir al confinamiento estricto en las zonas de alto riesgo y alarma epidemiológica, pero en el caso de Jujuy no hay cambios.

La medida fue anunciada el presidente, que manifestó “estamos viviendo el peor momento desde que empezó la pandemia”, debido a que en los últimos 2 días el reporte epidemiológico marcó que los contagios superaron los 30 mil casos diarios, situación que pone en peligro el sistema de salud.

Frente a ello, la decisión fue la de volver a fase 1, medida que comenzará a regir a partir de este sábado y se extenderá hasta el 31 de mayo.

En el caso de Jujuy, se mantiene en color amarillo, es decir riesgo medio, por lo que las medidas restrictivas no se aplicarán.

 

Exceptuados del confinamiento

Tal como ocurrió con anterioridad, quedarán exceptuados de cumplir con las restricciones trabajadores esenciales: personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

Se suma también las autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

Asimismo, también quedan comprendidos personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes; personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

También podrán continuar con sus actividades personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes; personas que deban atender una situación de fuerza mayor y personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones, como así también personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

La lista incluye trabajadores de los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos, personal afectado a obra pública, supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas; industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

Lo mismo ocurre con las actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca; actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales, como así también actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

La recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos seguirán funcionando con normalidad, como también el mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

El transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP se mantendrá, como el reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Por último, las actividades permitidas serán: servicios de lavandería, servicios postales y de distribución de paquetería y servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

De esta manera, quedarán suspendidas las actividades sociales, económicas, educativas, religiosas y deportivas en forma presencial en los distritos de alto riesgo y alarma epidemiológica, medida que se complementa con la restricción de circulación en las cercanías del domicilio, entre las 6 de la mañana y las 18, o por razones especialmente autorizadas.



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