Sin ningún otro particular que hacer valer sus derechos, Alberto Nallar se presentó en cortes de rutas para asesorar legalmente a la ciudadanía que rechazaba la reforma parcial de la Constitución, apoyo que le valió una condena de 3 años y medio de prisión y que el abogado constitucionalista, Eduardo Barcesat consideró como una “inmundicia institucional”.
“He estado en contacto con el Dr. Nallar, vamos a enviar notas de adhesión individuales, de los colegios profesionales de abogados, de las facultades de Derecho, señalando la inmundicia institucional que es ese pronunciamiento que pretende ocultar la represión y la violación de libertades civiles y políticas que ha perpetrado la camarilla gobernante en Jujuy y por supuesto, vamos a buscar de que ese fallo sea execrado en instancias superiores”, indicó el reconocido jurista en diálogo con Radio Nacional Jujuy.
De hecho, tal como adelantaba Barcesat, en las últimas horas el Colegio de Abogados de Tucumán y el Colegio de Abogados del Sur lanzaron un breve comunicado donde señalaron la “profunda preocupación por el desarrollo del proceso judicial” contra Nallar.
Comunicado de colegios de abogados
El juicio contra el abogado jujeño -que además de la pena de prisión efectiva se suma la inhabilitación para ejercer su profesión y un embargo por 7 millones de pesos- concluyó con la audiencia del martes de esta semana, donde el tribunal lo halló culpable de los delitos “Instigación a cometer delitos, Incitación a la violencia colectiva y Alzamiento o Motín en concurso real”. Todo ello, por haberse presentado en los cortes de ruta iniciados en la provincia en rechazo de la reforma (in)constitucional. Los pronunciamientos en contra de este fallo no tardaron en llegar: Amnistía Internacional consideró que el mismo no es más que otra muestra de intento de disciplinamiento de la protesta social.
En ese sentido, Barcesat apuntó sobre el escenario en que se produjeron las modificaciones en la Carta Magna jujeña: “toda mi solidaridad para el pueblo jujeño, para el Dr. Nallar y para la institucionalidad argentina, porque el gran mascarón de proa de la impugnación va a ser el deber de obediencia a la supremacía de la Constitución nacional y de los tratados internacionales y de derechos humanos y los capangas que crean que puedan modificar la Constitución provincial como se les antoja, violando expresamente el principio de legalidad que establece”.
Y profundizó sobre el marco de ilegalidad en la conformación de la Convención Constituyente “no pueden ser convencionales ni el presidente de la Nación, ni todo aquel que ocupe cargo público electoral en el Estado y resulta que son 26, creo, los que estaban infringiendo esa prohibición y, en el caso del gobernador, doblemente, porque está prohibido por cargo público y está prohibido específicamente por el cargo de gobernador de la provincia, de manera que es escandaloso desde el punto de vista del valor de legalidad, que ese engendro haya sido dado a luz de la forma que fue dado y perpetrado, modificado después incluso de haber sido votado, reúne todo lo que puede ser la desfachatez institucional”, finalizó.