Avanza la acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Reforma de la Constitución de Jujuy, presentada por el Ministerio de Justicia de nación ante la Corte Suprema de Nación y ésta le dio el plazo de 60 días al gobierno de Gerardo Morales para presentar pruebas.
La notificación fue el pasado 10 de octubre al gobernador como Jefe de la administración pública y al fiscal de Estado, Dr. Miguel Rivas asesor del Poder Ejecutivo. La luz verde que dieron los cortesanos de Nación ante la medida judicial es una esperanza para las y los jujeños por las irregularidades que desató la reforma parcial de la Constitución para que se declare nula.
En ese sentido, el Dr. Vicente Casas, constitucionalista, político y ex juez federal, consideró sobre la medida judicial presentada en junio pasado -y que el fiscal Casal en agosto se había expedido a favor de la acción para que sea receptada por la Corte Suprema- expresó que “el fiscal observaba que había gravedad institucional en la demanda y advertía que están en juego las instituciones de la provincia. Entonces la Corte ha dado un paso importantísimo la semana pasada corriendo traslado de la demanda a la provincia a través del juzgado Federal de Jujuy en la persona del gobernador y del Fiscal de Estado” señaló.
La medida de inconstitucionalidad fue interpuesta como acción declarativa y ahora la Corte le dio el proceso ordinario. En este sentido, el constitucionalista advirtió “pone en crisis judicial la Reforma de la Constitución. Entonces cuando la Corte admite la demanda y le ordena a la provincia que conteste, o sea está en veremos judicialmente. En veremos a lo que diga la Corte Suprema de Justicia de Nación”, explicó.
Asimismo, el ex magistrado indicó “todo acto que se realice siguiendo los lineamientos de la Reforma y, sí la Corte llagará a declarar la inconstitucionalidad de la misma, caerían por nulos”, en referencia al avance de Morales con los proyectos legislativos que dijo que ingresarían y que son alrededor de 30.
En cuanto al planteo de la decisión de la Corte de ordinarizar el proceso, Casas dijo que “un juicio ordinario común le da la posibilidad a la provincia para que ofrezca pruebas, invoque derecho y las contingencias que el código procesal expresa. Rebata a la demanda y posteriormente le van a correr vista a la actora a los efectos de los hechos nuevos, en donde podrá presentar pruebas y pueden ser testimoniales, se me ocurren convencionales que han participado en la reforma, de diputados provinciales que han dado su voto y entre otros protagonistas que pueden ser virtuales, son especulaciones” relató el ex juez federal en el marco del proceso de investigación.
También Casas opinó sobre las leyes sancionadas posteriores a la reforma “sería conveniente que las leyes que dice la reforma, se mire con prudencia y cuidado porque ya hay algunas leyes aprobadas y otras en tratamiento legislativo . ¿Qué ocurriría si la reforma es declarada inconstitucional o nula por la Corte? Todas esas leyes van a caer” reafirmó.
Sobre este punto, Casas citó como ejemplo el Tribunal de Cuentas, órgano de control de las cuentas públicas de la provincia que, con la nueva Constitución ha desaparecido y tiene figura de Auditoria y no tiene las mismas facultades. “Según aprobaron los convencionales que será una auditoria de la provincia integrada por cinco miembros y designados por el poder Ejecutivo Provincial. Hoy no está la ley, ni designación, pero supongamos que estaría funcionando, auditadas las cuentas de octubre 2023 y en un año la Corte dice inconstitucional la reforma, inmediatamente cae la aprobación de esa auditoría y tiene que ir a lo que era el Tribunal de Cuentas. Es para pensar qué pasos se van a llevar adelante” señaló el constitucionalista las consecuencias.
¿Se cae todo?
Otro ejemplo fue la figura del fiscal del Superior Tribunal de Justicia que desapareció con la Reforma y le da preeminencia al MPA. “Supongamos que se declare la nulidad de la reforma, todo lo realizado por el funcionario que reemplazo al fiscal del STJ cae y entre ellos puede haber acusación penal. Es muy delicado y crea una incertidumbre jurídica que los que tienen la responsabilidad de sancionar leyes deben mirar con atención. Esto no es matemática, es opinable” reflexionó el Dr. Casas.
Por otra parte, el constitucionalista recordó “hay un principio de la Constitución de la Nación, porque desde 1853 las provincias se dan sus propias instituciones locales, se rigen por ellas, eligen sus autoridades sin la intervención del gobierno federal. Es decir, reformar la Constitución es reformar la carta de las instituciones locales. En 1853 los constituyentes establecieron la forma federal y las provincias arreglan su forma política de acuerdo al sistema representativo y republicano de gobierno y el gobierno federal no interviene. Pero la Corte Suprema de Justicia tampoco interviene; pero cuando la Corte le corre traslado de la demanda de inconstitucionalidad a la provincia está respetando aquel principio y está diciendo acá hay algo que tenemos que estudiar de la reforma”.
En la reforma de la Constitución jujeña sancionada en junio reúne varias irregularidades, entre ellas, la velocidad en su sanción sin participación de convencionales en las comisiones, convencionales elegidos por el voto del pueblo, la duplicidad del cargo de Gerardo Morales como presidente de la Convención y gobernador, entre otros hechos que se han denunciado públicamente y, aun así, el oficialismo avanzó con la reforma.
Artículos contradictorios
Casas señalo varios artículos contradictorios y muy cuestionados “el art 5 donde la provincia se arroga en la Reforma la facultad de legislar sobre la intervención federal, lo que está delegado a la Nación hace más de 150 años, también hay duplicidad en derecho a ejercer como el recurso de habeas data que ya estaba en la Constitución nacional y ahora venimos a descubrir e incorporar en Jujuy y no hacía falta. La reforma se arroga representación de derecho internacional cuando dice que son varios tratados internacionales de jerarquía constitucional firmado por la Nación, cuando no hace falta decirlo porque son facultades delegadas por las provincias a la nación”, apuntó.
El ex juez está avanzando en un texto “Criticas a la Reforma de la Constitución del 2023”, por ahora lleva ese nombre y donde señala las contradicciones de cada artículo que se ha reformado comparando con la Constitución Nacional. “Eso la Corte lo va a ver porque cuando abrió la acción de inconstitucionalidad, dice: aquí hay algo que debemos resolver. Creo que la van a declarar nula” sostuvo Casas.
El plazo de los 60 días que dio la Corte a la provincia vencería en enero –febrero y seguirá el proceso judicial hasta que se expidan los cortesanos por la acción inconstitucional de la reforma.