POLÍTICA

El gobierno tildó el fallo como “intromisión a la autonomía”

La doble vara de la Corte Suprema: el día que permitió la re- reelección de Raúl ‘Chuli’ Jorge

Mientras que ayer se conoció la decisión del máximo tribunal nacional de suspender las elecciones de Tucumán y San Juan para revisar las candidaturas de Manzur y Uñac, en 2019 permitió al intendente de la capital ir por su tercer mandato

La doble vara de la Corte Suprema: el día que permitió la re- reelección de Raúl ‘Chuli’ Jorge

 

 

Un fallo de alto impacto político el que dio a conocer ayer la Corte Suprema de Justicia de la Nación al suspender las elecciones en Tucumán y San Juan, donde sus gobernadores, Juan Manzur y Sergio Uñac respectivamente, pretenden volver a ocupar por tercera vez consecutiva, algo que en 2019 el máximo tribunal permitió al intendente Raúl ‘Chuli’ Jorge.

La decisión de los magistrados generó el amplio repudio del gobierno nacional, que sostuvo en un comunicado es una “clara intromisión en el proceso democrático y la autonomía de las provincias”.

El fallo, llega luego que el tribunal hiciera lugar a dos medidas cautelares presentadas por la oposición.

Las sospechas dentro del peronismo sobre esta resolución giran en torno a que tanto en Tucumán como en San Juan obtendrían importantes triunfos.

Las dudas no son infundadas: en 2019, la Corte Suprema debía analizar un mismo pedido respecto a la candidatura como intendente de Raúl ‘Chuli’ Jorge, quien iba por su tercer mandato.

Pese a la medida cautelar presentada, el máximo tribunal le permitió al radical volver a presentarse.

Fue la justicia jujeña -sospechada de funcionar a pedido expreso de Gerardo Morales- la que le allanó el camino a ‘Chuli’ Jorge para ir por su tercer mandato consecutivo. Apeló a un fallo de 1998 en donde declaraba la inconstitucionalidad del artículo 46 de la Carta Orgánica municipal, en la cual se indicaba que el mandato de intendente duraba 4 años y limitaba su gestión por un periodo más.

La maraña legal se originó cuando en 1986 se reformaba la Constitución jujeña, allí, el artículo 184 establecía las condiciones para ser intendente, además de señalar que su mandato era de 4 años con la posibilidad de ser reelegido, sin detallar periodos. Es decir, con posibilidad indefinida.

El choque entre ambas leyes derivó en una presentación del radical Hugo Cid Conde (que se presentaba como candidato a intendente por aquel entonces) en la justicia provincial. El fallo le fue favorable.

Así, este domingo, otra vez ‘Chuli’ Jorge compitió por la intendencia, la cual ganó y va por su quinto periodo consecutivo. Algo que la Corte Suprema parece desconocer.

 



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